A partir del 1 de Enero de 2015 todos los servicios prestados a través de Internet en la Unión Europea se consideran prestados en la ubicación del comprador. Hasta ahora se consideraban prestados en la ubicación del vendedor, o sea, de tu empresa. Afecta a servicios de telecomunicaciones, distribución difusión multimedia online o cualquier servicio electrónico (incluyendo ebooks, apps, hosting, juegos o cualquier software de tipo SaaS o en la nube).
Eso fiscalmente significa que a partir de ahora deberás aplicar el IVA del país de tu comprador, y declararlo ante la administración de ese país. Si te compra un alemán será el 19% de IVA, si es un francés el 20% o si es un danés el 25%.
Deberás adaptar tus facturas a las particularidades fiscales del país en donde vendes. Eso, dependiendo del país, puede significar incluir una información diferente, un determinado formato o incluso un determinado idioma.
Esto afecta sólo a las ventas a particulares. Las ventas a empresas están exentas de IVA para evitar la doble imposición.
Para identificar el lugar de residencia del comprador no llega con que nos den su dirección. Hay que confirmarlo de manera no contradictoria al menos a través de dos medios de los disponibles según el tipo de compra: la dirección física que declare, la dirección IP, el país emisor de la tarjeta de crédito, el código de país de la SIM si se vende en un móvil, el prefijo internacional de la línea telefónica si nos dan un teléfono de contacto.
La evidencia de la ubicación del punto anterior es obligatorio guardarla en un servidor dentro de la UE, durante 10 años a partir del 31 de diciembre del año en el que se produjo la venta. Es decir, si vendemos algo el 2 de Enero de 2015 esas evidencias que recabemos deben almacenarse hasta el 31 de diciembre de 2026.
Para ayudarnos a cumplir con el requisito de declarar y pagar en cada estado miembro el IVA que facturemos, han creado en cada país un organismo conocido genéricamente como Mini-One-Stop Shop o MOSS, en el que nos podemos registrar y en el que cada trimestre haremos las declaraciones del IVA. Ya se encargan luego ellos de enviar apropiadamente el dinero a cada agencia tributaria del pais.
Más información: http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/One_Stop_Shop/One_Stop_Shop.shtml